De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) El recurrente refiere que pese a la existente jurisprudencia constitucional respecto de la imposibilidad de revalorización probatoria por parte del Tribunal de alzada, éste en el considerando III. 1 y 2 de la resolución recurrida hubiese incurrido en dicha prohibición, al revalorizar las pruebas presentadas por la Fiscalía, refiriendo que respecto de la prueba MP 1 el Tribunal no consideró que la misma en ningún momento acreditó que su persona haya conocido de la existencia de sustancias contraladas en las llantas del vehículo que conducía, pues se habría llegado a conclusiones ficticias sin fundamento expreso que acredite además que las pruebas hayan sido judicializadas cumpliendo las formalidades legales, vulnerándose el principio de inocencia previsto en la Constitución Política del Estado. Agrega que con dicha actitud del Tribunal de alzada, se habría infringido los arts. 172, 204, 207, 213, 280, 329, 333, 249 y 359 todos del CPP; al respecto, invoca los Autos Supremos 317 de 13 de junio de 2003, 722 de 26 de noviembre de 2004, 635 de 20 de octubre de 2004, 41/2012 de 30 de marzo y 152/2013 de 14 de mayo
- Por memorial presentado el 5 de marzo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado René Artunduaga Estrada (fs
- c) El 27 de febrero de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Sobre el mismo punto refiere que, el Tribunal de alzada al señalar que todos los
- Por último, señala que de acuerdo a lo establecido por el Tribunal Constitucional en la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 27 de febrero de 2015, fue
- Por tal razón, es menester reiterar que el sólo hecho de invocar o efectuar una
- Esto supone, que el recurrente no tuvo presente que el recurso de casación por ser
- Finalmente, es menester señalar que las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
