Auto Supremo AS/0363/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0363/2015-RA

Fecha: 11-Jun-2015

3) El Auto de Vista no otorgó el valor a la prueba del Instituto de


3) El Auto de Vista no otorgó el valor a la prueba del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), codificada como DP-12 y del Ministerio Público M.P-6 (del cual describe parcialmente su contenido), que conllevan hechos diferentes con relación a la calificación del supuesto ilícito; por lo que, denuncia que la actividad probatoria no fue valorada desde el inicio, incurriendo en una indebida aplicación del art. 308 del CP y en el defecto de sentencia previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP; a cuyo efecto, cita al Dictamen Pericial de oficio del IDIF y al Informe Psicológico Pericial “P0201 I.D.I.F.” del Ministerio Público, asegurando que la Sentencia de manera irrazonable sostiene que la agresión sexual se habría producido, sin tomar en cuenta el Informe Psicológico del IDIF, violando la sana crítica conforme al Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, tampoco se consideró el Informe científico de su perito, ratificado en audiencia, en el que indica que es imposible una violación a una niña sin que haya lesiones, adversamente a lo indicado por la Presidenta del Tribunal de Sentencia