Auto Supremo AS/0363/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0363/2015-RA

Fecha: 11-Jun-2015

De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos los siguientes

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos los siguientes:

1) Previa consignación de los Autos Supremos que habría invocado en apelación restringida, el recurrente denuncia que el Auto de Vista no se ciñó a los puntos motivos de la apelación, referidos a que se lo denunció por un hecho que jamás cometió después de 7 meses, por supuestamente haber violado a una niña de 5 años de edad, denuncia que se efectuó con la finalidad de apropiarse de su inmueble, no obstante que en su fundamentación citó el art. 284 del Código de Procedimiento Penal (CPP) que establece que toda persona que tenga conocimiento de un delito deberá presentar en forma inmediata la denuncia. La “supuesta hija Fabiola Rocabado UNIVERSITARIA” (sic), que también habría sido víctima de un intento de violación, se contradice con su prueba DP-13 y la del Ministerio Público, debido a que la víctima fue él porque le robaron sus pequeños ahorros; sin embargo, ella fue a la policía indicando que habría sido víctima de una agresión, para posteriormente contradecirse que fue objeto de violación, hechos que se contradicen con la doctrina de los Autos Supremo 474 de 8 de diciembre de 2005, relativa a la veracidad del certificado médico forense y la versión de la supuesta víctima; y, el 472 de 8 de diciembre de 2005, referida a la valoración del certificado médico forense