Auto Supremo AS/0403/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0403/2015

Fecha: 09-Jun-2015

Es por tal motivo con la finalidad de precautelar una efectiva Resolución útil y clara

Es por tal motivo con la finalidad de precautelar una efectiva Resolución útil y clara a los efectos de la futura ejecución si correspondiere, disponer la nulidad del Auto de Vista, para que el Tribunal de Segunda instancia en aplicación de la competencia que le confiere la Ley haga producir la prueba pericial señalada, aclarando que si bien el art. 378 del C.P.C., dentro de su contexto refiere el término “ Juez” dicha faculta no solo se halla reservada a primera instancia sino también a los de segunda instancia, quien al ser otra instancia tiene las mismas prerrogativas que el Juez de la causa, con los límites que establece la ley, conforme lo establece el art. 233 del C.P.C