Auto Supremo AS/0403/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0403/2015

Fecha: 09-Jun-2015

Por lo que solicita se case el Auto de Vista y confirme la Sentencia indicada

En lo referente a la caducidad expresa que los de segunda instancia guardan silencio absoluto resolviendo declarar improbada la demanda reconvencional de mejor derecho y caducidad de anotación preventiva interpuesta por los recurrentes, incurriendo en una violación a las normas impuestas por el código de procedimiento civil, ya que toda Resolución judicial debe ser congruente y debidamente fundamentada, es decir que debe existir razones de hecho y derecho
Por lo que solicita se case el Auto de Vista y confirme la Sentencia indicada