V
V.- Manifiestan también que la Sentencia es ilegal, confusa, incompleta y contradictoria ya que es una simple repetición de la primera Sentencia anulada y por tanto en ninguna de ellas se resuelve la excepción perentoria de falta de acción y derecho, suficiente motivo para que este aspecto y otros sean considerados por el Tribunal Ad quem, sin embargo existe una resistencia con argumentos forzados como la falta de agravios para pronunciarse como corresponde, por lo que la Sentencia no se ajusta a las previsiones del art. 190 del Código de Procedimiento Civil infringiéndose una norma que por afectar la competencia de un Juez es de orden público , habida cuenta de que la invalidez del acto procesal es una resolución de fondo de la categoría señalada es inconfirmable e insubsanable por las partes o por el Juez
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa resolución de primera instancia y el Auto de enmienda y complementación los recurrentes
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de
- Que, los recurrentes en su recurso señalan lo siguiente
- II
- III
- IV
- V
- VI
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- I
- Por lo que corresponde emitir resolución en la forma establecida por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
