I.2.1.1 Recurso de Casación en el fondo
Concluida la misma luego de sorteo correspondiente, corresponde resolver el recurso de casación en el fondo y la forma presentado por la Gerencia Distrital del
GRACO del SIN de 6 de octubre de fs. 241 a 249.
I.2 MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Contra esta resolución, Hugo Fuentes Canaviri en representación de la Gerencia Distrital GRACO del SIN; planteo recurso de casación, en contra del Auto de Vista N° 084/09 con los argumentos que se resumen a continuación.
I.2.1 RECURSO DE CASACIÓN PLANTEADO POR LA ADMINITRACION TIBUTARIA
I.2.1.1 Recurso de Casación en el fondo
GRACO del SIN de 6 de octubre de fs. 241 a 249.
I.2 MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Contra esta resolución, Hugo Fuentes Canaviri en representación de la Gerencia Distrital GRACO del SIN; planteo recurso de casación, en contra del Auto de Vista N° 084/09 con los argumentos que se resumen a continuación.
I.2.1 RECURSO DE CASACIÓN PLANTEADO POR LA ADMINITRACION TIBUTARIA
I.2.1.1 Recurso de Casación en el fondo
- Demandante: Sinchi Wayra S.A
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por el ente fiscal (fs
- Mediante auto de fecha 21 de octubre de 2009 fs
- En fecha 9 de noviembre de 2009, la Gerencia Distrital del GRACO del SIN, anuncia
- I.2.1.1 Recurso de Casación en el fondo
- De revisión del recurso de casación en el fondo, se extrae como motivos del mismo,
- b)Violación de los arts
- I.2.1.1 Recurso de Casación en la forma
- De lectura y revisión del recurso en la forma se evidencia los siguientes motivos
- En el caso traído a casación se evidencia que la demanda y su ampliación versa
- Por otra parte el Código Tributario Ley N° 2492 en su art
- También se puede evidenciar que la demanda traída a estrados no especifica el monto en
- Ante esta posición asumida por los juzgadores de grado se hace preciso aclarar que si
- En el caso presente, la A quo al haber admitido y tramitado el presente proceso
- En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio conforme prevé
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
