a) En mérito a la acusación particular (fs
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
a) En mérito a la acusación particular (fs. 19 a 22) y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, la Jueza Primera de Sentencia de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pronunció la Sentencia 13/2013 de 10 de septiembre (fs. 77 a 84), que declaró a Claudia Alicia Molina Choque, absuelta de culpa y pena por la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 ambos del CP, por ser la prueba aportada insuficiente
- Por memorial presentado el 26 de enero de 2015, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación particular (fs
- b) Contra la referida Sentencia, Carlos Paz Ide representante de la entidad acusadora formuló recurso
- El recurrente concluye solicitando que, se admita el recurso de casación y se dicte Auto
- Mediante Auto Supremo 186/2015-RA de 18 de marzo de 2015, cursante de fs
- De los argumentos contenidos en el recurso de casación, se tiene lo siguiente
- II.2.De la apelación restringida
- Notificado con la Sentencia el acusador particular, formuló recurso de apelación restringida (fs
- De otro lado, acusó defectuosa valoración de la prueba, señaló que no se valoró de
- Radicada la apelación restringida en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- Señaló que no se demostró que la imputada haya adecuado su conducta al delito de
- Con esos argumentos, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró
- Previamente corresponde destacar que, de conformidad al Auto de admisión 186/2015-RA de 18 de marzo,
- El art
- Se establece que una autoridad jurisdiccional, incurre en incongruencia omisiva denominada también citra petita o
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo estableció la doctrina
- De la misma forma Couture refiere que: "El juez de la apelación conviene repetir, no
- En este sentido se concluye que el Tribunal de alzada, debe dar respuesta fundamentada a
- III.2.Sobre la defectuosa valoración de la prueba, su formulación y control
- La denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto de Sentencia descrito en el inc
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- III.3.Análisis del caso concreto
- En el caso de autos, se constata que ante los motivos alegados por el recurrente
- Ahora bien, respecto al motivo de incongruencia omisiva, se tiene que el recurrente acusó que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
