Auto Supremo AS/0445/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0445/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

Se establece que una autoridad jurisdiccional, incurre en incongruencia omisiva denominada también citra petita o


Se establece que una autoridad jurisdiccional, incurre en incongruencia omisiva denominada también citra petita o ex silentio, cuando no se pronuncia sobre una o varias denuncias planteadas por una de las partes, lo cual a su vez se constituye en vulneración de los arts. 124 y 398 del CPP; temática que fue ampliamente desarrollada por este Tribunal en el Auto Supremo 297/2012-RRC de 20 de noviembre, refiriendo que sin embargo, debe exigirse el cumplimiento de los siguientes requisitos para la concurrencia del fallo corto: i) Que la omisión denunciada se encuentra vinculada a aspectos de carácter jurídico y no a temas de hecho o argumentos simples; ii) Que las pretensiones ignoradas se hayan formulado claramente y en el momento procesal oportuno; iii) Que se traten de pretensiones en sentido propio y no de meras alegaciones que apoyan una pretensión; y, iv) Que la Resolución emitida no se haya pronunciado sobre problemáticas de derecho, en sus dos modalidades; la primera que la omisión esté referida a pretensiones jurídicas, y la segunda cuando del conjunto de los razonamientos contenidos en la Resolución judicial pueden razonablemente deducirse no sólo que la autoridad jurisdiccional ha valorado la pretensión deducida, sino además los motivos que fundamentan la respuesta tácita