Auto Supremo AS/0448/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0448/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

El imputado, planteó recurso de apelación restringida contra la Sentencia 03/2014 de 13 de marzo,


El imputado, planteó recurso de apelación restringida contra la Sentencia 03/2014 de 13 de marzo, alegando, en estricta relación al motivo de casación admitido, que: i) No se logró demostrar su autoría, conforme establece el art. 20 del CP; por cuanto, se corroboró que no se encontraba presente en el momento de producirse el hecho y, para efectos de su absolución por el delito de Violación, se tomaron como falsos los hechos contenidos en la denuncia; empero, para sentenciarlo como autor de Abuso Deshonesto se tomó como cierta parte de la denuncia que es falsa, por lo que se abre una duda razonable sobre la conducta y la existencia de una verdad material, correspondiendo aplicar el art. 13 del CP y el principio indubio pro reo. Añade que el Tribunal de mérito valoró de forma dual el informe pericial, otorgando credibilidad a una sola declaración, de la víctima, lo cual rompe “el criterio y armonía”, como elementos para obtener un resultado como emergencia de aplicar la sana crítica que impone el art. 173 del CPP; ii) La Sentencia no se ajustó al principio de verdad material, por cuanto, entre otros aspectos, afirmó que el Tribunal llegó al convencimiento de que los hechos sometidos a juicio se subsumieron en el tipo penal de Abuso Deshonesto; sin embargo, del acta del juicio evidencia que una Jueza Ciudadana no la firmó, declarando y fundamentado posteriormente que no se tomó en cuenta su voto disidente y se la presionó para que firme; iii) Se abrió el juicio en base a la acusación por la supuesta comisión únicamente del delito de Violación de Niño, Niña y Adolescente; en consecuencia, en ningún caso el Tribunal podía haber incluido hechos no contemplados en la acusación y sentenciarlo en base a ellos, ni producir pruebas de oficio; y, iv) La Sentencia denota una fundamentación insuficiente y contradictoria en cuanto a la escueta interpretación jurídica del tipo penal de Abuso Deshonesto y no permite percibir los “datos apelables”