b) Admitida la demanda y dispuesto el traslado a la parte demandada, por Informe a
b) Admitida la demanda y dispuesto el traslado a la parte demandada, por Informe a fs. 14 el Oficial de Diligencias del juzgado de la causa, señaló que se constituyó en el domicilio señalado en el memorial demanda, el 8 y 9 de octubre de 2008, sin haber sido habido el demandado; mérito de tal Informe el Juez de grado por Decreto de 13 de octubre de 2008, a fs. 14 y vta., dispuso la citación por cédula. Ésta fue realizada el 29 de octubre del mismo año, tal cual es visto en diligencia a fs.15. Más adelante, por Auto de 7 de noviembre de 2008, a fs. 18, se trabó la relación procesal y se declaró rebelde y contumaz al demandado, disponiéndose la prosecución del proceso
- Interpuesta la demanda por Pago de Beneficios Sociales y Sueldos Devengados y tramitada la misma,
- Dicha resolución motivó el recurso de nulidad o casación de fs
- Prosigue señalando que en su momento presentó incidente de nulidad, empero fue rechazado sin fundamentos
- Que todo acto de comunicación procesal, bien sean notificaciones, bien otro vía o forma de
- La puesta en conocimiento del primer acto del proceso, debe ser realizado de forma personal
- En tal marco, la Sala en la compulsa de los antecedentes vinculados al motivo señalado,
- b) Admitida la demanda y dispuesto el traslado a la parte demandada, por Informe a
- c) Luego, por memorial presentado el 27 de febrero de 2009, de fs
- d) El citado incidente de nulidad fue rechazado por medio de Auto Interlocutorio de 16
- e) Finalmente por Decreto de 15 de julio de 2009, a fs
- La reseña de actuaciones procesales, hace patente que el rumbo asumido por la parte demandada,
- Ahora bien, el demandado reclama que el lugar donde se procedió a su citación, no
- Por los fundamentos expuestos se concluye no ser evidentes las infracciones acusadas por la entidad
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
