Auto Supremo AS/0156/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0156/2015-L

Fecha: 29-Jul-2015

Manifiesta que el tribunal ad quem no fundamenta su decisión jurídicamente, señalando sólo en el

Manifiesta que el tribunal ad quem no fundamenta su decisión jurídicamente, señalando sólo en el primer considerando los antecedentes del proceso exponiendo algunos de los argumentos dados por la empresa que representa. Y en el punto cuarto, señala que los PIETs son actos definitivos, sin tomar en cuenta que precisamente la empresa planteó la demanda contencioso tributaria porque no es posible permitir la consumación de la arbitrariedad administrativa ni la violación de principios constitucionales y normas sustantivas y adjetivas, haciendo uso del legítimo derecho de defensa reconocido por la Constitución Política del Estado y por la competencia que le reconoce a los jueces en la materia el art. 157 inc. b) de la Ley de organización judicial para conocer este tipo de asuntos, señalando el mismo tribunal que no es admisible interrumpir el procedimiento