Auto Supremo AS/0180/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0180/2015-L

Fecha: 29-Jul-2015

Sin embargo de aquello, aun prescindiendo considerar la deficiencia anterior, con relación a

Sin embargo de aquello, aun prescindiendo considerar la deficiencia anterior, con relación a lo aseverado que, el auto de vista ignoró la normativa prevista en los arts. 150, 151, 153, 159, 161-a) y d) y 200 del Código Procesal del Trabajo, por los cuales, el documento de fs. 19 y su original de fs. 62 que fueron presentados por el propio actor, demuestra de que el actor trabajó en la construcción del Hotel Latino, únicamente desde el 20 de diciembre de 1990 a 10 de julio de 1992, prueba que al hacer plena fe en juicio, le releva de más prueba, que según el recurrente no fue tomado en cuenta por el auto de vista