De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación pública (fs. 23 a 27) y particular presentada por Elizabeth López de Aguilar, Georgina y José Aguilar López (fs. 38 a 41), desarrollada la audiencia de juicio oral, la Juez Cuarto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 11/2009 de 27 de agosto (fs. 737 a 742), por la que declaró absueltos a los imputados Manuel Saturnino Aguilar Coronel, Nancy Benita Aguilar Flores, Carlos Cecilio Aguilar Flores y Genara Natalia Flores Flores, por los delitos de Lesiones Leves y Amenazas, previstos y sancionados por los arts. 271 y 293 del CP, con costas y responsabilidad civil, la misma que solicitada se complemente por parte de los acusadores Georgina Aguilar López, Elizabeth López de Aguilar y José Aguilar López, se denegó por decretos de fechas 2 y 5 de septiembre de 2009 de fs. 747 y 749
- Por memorial presentado el 4 de junio de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificados los acusadores Elizabeth López de Aguilar, Georgina y José Aguilar López, con el
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Expresan también que en apelación restringida denunciaron error inprocedendo por violación a la libertad
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, se constata que los
- Con relación al primer motivo, los recurrentes expresan que en apelación restringida denunciaron error injudicando
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
