En el caso de autos, se constata que la recurrente cumple con el primer requisito
V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se constata que la recurrente cumple con el primer requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 30 de julio de 2010 (fs. 599) y con el Auto de Complementación el 17 de agosto de 2010 (fs. 603), presentando su recurso de casación el 23 de los citados mes y año; es decir, dentro del plazo de cinco días previstos por el art. 417 del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- Por memorial presentado el 23 de agosto de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el representante del Ministerio Público y Paola María Tibía Zamora
- c) Notificada la recurrente Paola María Tobía Zamora en representación de Industrias GLOBO S
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Transcribiendo parte del Auto Supremo 37/2007, señala que se lesionó la continuidad del juicio
- 3) Refiere que, ante la afectación del debido proceso procede la revisión de oficio aún
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Cabe precisar, que el Auto Supremo 239 de 1 de agosto de 2005, no será
- En cuanto concierne al tercer motivo, donde denuncia violación a los derechos y garantías consagrados
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
