Respecto al inciso c) donde argumenta que el Tribunal de alzada, con razonamientos erráticos y
Respecto al inciso c) donde argumenta que el Tribunal de alzada, con razonamientos erráticos y forzados omite observar la doctrina legal sentada por el Auto Supremo 131 de 13 de mayo de 2005, que fue invocado en su apelación restringida referido a la actividad procesal defectuosa originada por la presunta lectura de la Sentencia en inobservancia del art. 361 del CPP, violentándose la seguridad jurídica, el debido proceso e incurriendo en el defecto previsto por los arts. 1, 130 y 169. 3) del CPP con relación a los arts. 361 del CPP y 115 y 180 de la CPE; sobre este agravio, se advierte que el recurrente, con meridiana claridad establece la presunta contradicción en que incurrió el Auto de Vista con relación a la doctrina legal sentada por el precedente invocado, en ese contexto, corresponde la admisión del motivo por cumplimiento de los requisitos previstos en los arts. 416 y 417 del CPP. Cabe precisar que, como se tiene manifestado, la Sentencia Constitucional 1267/2003-R de 27 de agosto, no puede ser considerada como precedente a efectos de analizar la posible contradicción en que hubiera incurrido el Auto de Vista
- Por memorial presentado el 08 de junio de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificado el recurrente Alfonso Saavedra Bruno en representación de BOLPET S
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 4) Concluye su recurso señalando que el Auto de Vista expresó que su apelación restringida
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Con relación al primer motivo en sus incisos a) y b) en los cuales alega
- Respecto al inciso c) donde argumenta que el Tribunal de alzada, con razonamientos erráticos y
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
