El art
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memoriales presentados el 9 y 10 de julio de 2010, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Argumenta que la Sentencia incurre en el defecto de errónea aplicación de la ley sustantiva
- II. 2 Recurso de casación de Emilio Ari Condori
- Refiere que el Auto de Vista al declarar improcedente su recurso de apelación restringida y
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación al cumplimiento de plazos, en el caso de autos, se constata que ambos
- En cuanto a los argumentos de los recursos de casación, corresponde verificar el cumplimiento de
- IV.1 Recurso de casación de Rolando Delfín Goitia Arze
- Como se tiene precisado en el acápite III de la presente resolución, existen requisitos ineludibles
- IV. 2 Recurso de casación de Emilio Ari Condori
- Partiendo de los presupuestos formales previstos por los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
