Auto Supremo AS/0385/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0385/2015-RRC-L

Fecha: 17-Jul-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art


Por tales razones, se tiene acreditado que el Tribunal de apelación se inhibió de resolver todos los motivos del recurso de apelación restringida bajo el argumento de que se vulneró el principio de continuidad; sin embargo, desestimó esos motivos sin la debida fundamentación, vulnerando con esa actitud el debido proceso en su vertiente de motivación y la seguridad jurídica al limitarse a señalar únicamente que se provocó “la dispersión de la prueba y su valoración” sin justificar objetivamente de qué forma se hubiere producido la dispersión de la prueba; sin valorar las causas de suspensión o interrupción al juicio y sin ponderar si es necesario o justificable la nulidad del juicio oral; por lo que, el motivo denunciado deviene en fundado correspondiendo aplicar el art. 419 del CPP

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 123/2009 de 30 de noviembre, cursante de fs. 522 a 524 vta., disponiendo que la Sala Penal Segunda del Tribunal de Justicia de La Paz, pronuncie en forma inmediata nueva resolución de acuerdo con la doctrina legal establecida