Por memorial presentado el 3 de mayo de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 389/2015-RRC-L
Sucre, 27 de julio de 2015
Expediente: Cochabamba 76/2010
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Pedro Zuleta Cuellar
Delitos: Robo y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 3 de mayo de 2010, cursante de fs. 235 a 237 vta., Pedro Zuleta Cuellar, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 22/2010 de 13 de abril, de fs. 226 a 229, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y José Cristóbal Herrera contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Robo, Robo Agravado y Lesiones Graves, previstos y sancionados por los arts. 331, 332 y 271 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 389/2015-RRC-L
Sucre, 27 de julio de 2015
Expediente: Cochabamba 76/2010
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Pedro Zuleta Cuellar
Delitos: Robo y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 3 de mayo de 2010, cursante de fs. 235 a 237 vta., Pedro Zuleta Cuellar, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 22/2010 de 13 de abril, de fs. 226 a 229, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y José Cristóbal Herrera contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Robo, Robo Agravado y Lesiones Graves, previstos y sancionados por los arts. 331, 332 y 271 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 3 de mayo de 2010, cursante de fs
- a) Desarrollado el juicio oral y público, por Sentencia 32/2008 de 4 de agosto (fs
- 1) Argumenta que el Auto de Vista no reparó la falta de fundamentación que viola
- 2) Que en Sentencia se “mutilaron” (sic), las declaraciones testificales especialmente de los testigos de
- El recurrente solicita la admisión del recurso y se anule el Auto de Vista recurrido
- Mediante Auto Supremo 260/2015-RA-L de 03 de junio, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Desarrollado el juicio oral, el Tribunal Segundo Mixto de Sentencia de la entonces Corte
- II.2. Del recurso de apelación restringida del imputado Pedro Zuleta Cuellar
- i) Se le dejó en indefensión al haberse rechazado su solitud de suspensión de la
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- En lo concerniente a la fundamentación de la Sentencia, ésta cuenta con una debida relación
- Con estos argumentos el Tribunal de alzada declaró improcedentes los recursos de apelación restringida de
- Dos de los motivos del recurso de casación formulado por la parte imputada fueron admitidos
- En ese contexto y de conformidad a lo extensamente expuesto, se advierte que la Sentencia
- III.2. Respecto a la denuncia de falta o defectuosa valoración de la prueba
- De lo señalado se evidencia que el Tribunal de alzada se pronunció como correspondía respecto
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
