Auto Supremo AS/0488/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0488/2015

Fecha: 01-Jul-2015

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L


Auto Supremo: 488/2015 - L Sucre: 01 de julio 2015 Expediente: CB-67-09-A Partes: Justa Morales Toco, Felipe Calle Hurtado. c/ Escolástico Crespo Morales,
Emilio Morales Mamani y Mery Reina Jiménez de Morales. Proceso: Resolución de venta y nulidad de compromiso de venta. Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 87, interpuesto por Justa Morales; así como recurso de casación de fs. 95 y vta., formulado por Esclástico (Escolástico) Crespo Morales, contra el Auto de Vista de 17 de septiembre de 2009 de fs. 83 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental), en el proceso de Resolución de venta y nulidad de compromiso de venta, seguido por Justa Morales Toco, Felipe Calle Hurtado contra Escolástico Crespo Morales, Emilio Morales Mamani y Mery Reina Jiménez de Morales; la concesión de fs. 98 vta., los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Quinto de Partido en lo Civil Comercial de Cochabamba, dictó Auto de fecha 5 de junio de 2007 cursante de fs. 58 vta., a 59, por el que declara PROBADA la excepción previa de prescripción interpuesta por Emilio Morales Mamani y Mery Reina Jiménez de Morales a fs. 45