VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 495
Sucre, 21 de Julio de 2015
Expediente: 62/2011-A
Demandante: Gobierno Municipal de La Paz
Demandados: Daniel Quevedo Villagómez y otros
Distrito : La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 144 a 146, interpuesto por Karla Elizabeth Zurita Plata en representación del Gobierno Municipal de La Paz, contra el Auto de Vista N° 43/2010 de 19 de febrero, cursante a fs. 141 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso Coactivo Fiscal que sigue la entidad ahora recurrente de casación contra Daniel Quevedo Villagómez, Carlos Eduardo de Rada Gamarra, Víctor Antonio Bilbao la Vieja Díaz Machicado y Luis Alberto Valle Ureña; el Auto Nº 538/2010 de 24 de diciembre, a fs. 148, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, interpuesta la demanda Coactiva Fiscal y tramitada la misma, la Juez Segundo de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de La Paz, emitió la Sentencia N° 42/2009 de 1 de junio, de fs. 123 a 127, declarando improbada la demanda, y probada la excepción de prescripción opuesta por Daniel Quevedo Villagómez, disponiendo: Primero.- Dejar sin efecto la Nota de Cargo Nº 40/04, a fs. 85, girada contra Carlos Eduardo de Rada Gamarra en forma solidaria con Víctor Antonio Bilbao La Vieja Díaz Machicado, Luis Alberto Valle Ureña y Daniel Quevedo Villagómez, por la suma de Bs.880,00.-, equivalente a $us.190,57.- (ciento noventa 57/100 dólares americanos). Segundo.- Levantar las medidas precautorias dispuestas contra Carlos Eduardo de Rada Gamarra en forma solidaria con Víctor Antonio Bilbao La Vieja Díaz Machicado, Luis Alberto Valle Ureña y Daniel Quevedo Villagómez
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 495
Sucre, 21 de Julio de 2015
Expediente: 62/2011-A
Demandante: Gobierno Municipal de La Paz
Demandados: Daniel Quevedo Villagómez y otros
Distrito : La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 144 a 146, interpuesto por Karla Elizabeth Zurita Plata en representación del Gobierno Municipal de La Paz, contra el Auto de Vista N° 43/2010 de 19 de febrero, cursante a fs. 141 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso Coactivo Fiscal que sigue la entidad ahora recurrente de casación contra Daniel Quevedo Villagómez, Carlos Eduardo de Rada Gamarra, Víctor Antonio Bilbao la Vieja Díaz Machicado y Luis Alberto Valle Ureña; el Auto Nº 538/2010 de 24 de diciembre, a fs. 148, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, interpuesta la demanda Coactiva Fiscal y tramitada la misma, la Juez Segundo de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de La Paz, emitió la Sentencia N° 42/2009 de 1 de junio, de fs. 123 a 127, declarando improbada la demanda, y probada la excepción de prescripción opuesta por Daniel Quevedo Villagómez, disponiendo: Primero.- Dejar sin efecto la Nota de Cargo Nº 40/04, a fs. 85, girada contra Carlos Eduardo de Rada Gamarra en forma solidaria con Víctor Antonio Bilbao La Vieja Díaz Machicado, Luis Alberto Valle Ureña y Daniel Quevedo Villagómez, por la suma de Bs.880,00.-, equivalente a $us.190,57.- (ciento noventa 57/100 dólares americanos). Segundo.- Levantar las medidas precautorias dispuestas contra Carlos Eduardo de Rada Gamarra en forma solidaria con Víctor Antonio Bilbao La Vieja Díaz Machicado, Luis Alberto Valle Ureña y Daniel Quevedo Villagómez
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por Karla Elizabeth Zurita Plata en representación de Gobierno de
- Dicha resolución, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- La política fiscal, fue implementada con la nueva Constitución Política del Estado, con el fundamento
- El art
- Concluyó solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista y deliberando en
- CONSIDERANDO II
- Ante las interpretaciones formuladas por el recurrente, se concibe imperioso efectuar una revisión a un
- Para lograr esta finalidad, se han consolidado en el sistema jurídico instituciones como el de
- La garantía básica de la seguridad jurídica que armoniza la Constitución Política del Estado y
- Este Tribunal de casación instituido para preservar la observancia de la Ley, desde un punto
- En el caso de autos la obligación emergente de la responsabilidad civil, (1994-1995), e prescribió
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
