De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extraen los siguientes motivos
c) El 17 de abril de 2015 (fs. 598), fue notificado el Ministerio Público con el referido Auto de Vista y el 24 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extraen los siguientes motivos:
1) El recurrente, arguye que el Tribunal y la Sala Penal Segunda, no valoraron las pruebas de cargo como la testifical del policía interviniente en el caso, corroborado por el informe preliminar, que demostró que en la propiedad donde se secuestró la cocaína en estado seco, el acusado era cuidante o casero, por lo que no puede alegarse desconocimiento de la existencia de la droga
- Por memorial presentado el 24 de abril de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)La Sala Penal Segunda, no considera ni se pronuncia con relación a que “todas las
- 3)Previa relación de antecedentes, acusa que el Auto de Vista impugnado contiene elementos contradictorios, al
- Afirmar que el imputado no haya tenido conocimiento de las sustancias controladas, es contrario a
- Finalmente en el Otrosí 2do
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 17 de abril de 2015, el
- En cuanto a los demás requisitos de admisión, los motivos detectados que aglutinados, han referido
- Asimismo, se debe tener presente que respecto del Auto Supremo 249 de 26 de abril
- De lo expuesto precedentemente y por las falencias advertidas y no pudiendo ser suplidas de
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
