3) El Auto de apelación impugnado, exige que además, de las dos muestras físicas que
3) El Auto de apelación impugnado, exige que además, de las dos muestras físicas que fueron sometidas a prueba de campo y toxicología, las cinco muestras físicas restantes deberían ser sometidas a pericia de toxicología en el reenvío del juicio, razonamiento que contradice lo establecido en el Auto Supremo 060/2013 de 7 de marzo, que concluyó, que la prueba de campo o análisis de narco test, es una prueba científica que en el caso del narcotráfico es el único medio para determinar, en primera instancia, si se trata o no de una sustancia controlada, regida por el art. 174 del CPP, no pudiendo iniciarse un caso de narcotráfico si no existe la prueba referida, la que realiza un perito y puede ser leída e introducida en el juicio oral como lo determina el art. 349 segundo párrafo y art. 333 inc. 2) del CPP. En el caso analizado, se judicializaron como evidencia física las nueve bolsitas conteniendo cocaína; es decir, cada uno de los siete sobrecitos y de los dos envoltorios tipo pelotita pequeña, siendo por lo tanto, falsa la conclusión a la que llega el Tribunal de apelación en sentido de que no habrían sido judicializados todos los sobres obtenidos como evidencia, pretendiendo que las pruebas MP4 y MP13, legalmente introducidas a juicio, sean sometidas a pericia toxicológica nuevamente
- Por memorial presentado el 12 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la imputada Julieta Dorado Baspineiro
- c) Notificada la parte recurrente el 8 de junio de 2015 (fs
- De los argumentos expuestos por el recurrente se extrae el siguiente motivo
- 2) La Resolución de alzada recurrida, ingresó en revalorización de la prueba; por cuanto, pretende
- 3) El Auto de apelación impugnado, exige que además, de las dos muestras físicas que
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En autos, se constata que el representante del Ministerio Público, fue notificado con el Auto
- Cumplida la verificación del requisito de forma, corresponde analizar si el recurrente cumplió la exigencia
- Por último, en el tercer motivo, el recurrente específicamente denuncia que el Tribunal de alzada
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
