Auto Supremo AS/0499/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0499/2015-RA

Fecha: 20-Jul-2015

3) El Auto de apelación impugnado, exige que además, de las dos muestras físicas que


3) El Auto de apelación impugnado, exige que además, de las dos muestras físicas que fueron sometidas a prueba de campo y toxicología, las cinco muestras físicas restantes deberían ser sometidas a pericia de toxicología en el reenvío del juicio, razonamiento que contradice lo establecido en el Auto Supremo 060/2013 de 7 de marzo, que concluyó, que la prueba de campo o análisis de narco test, es una prueba científica que en el caso del narcotráfico es el único medio para determinar, en primera instancia, si se trata o no de una sustancia controlada, regida por el art. 174 del CPP, no pudiendo iniciarse un caso de narcotráfico si no existe la prueba referida, la que realiza un perito y puede ser leída e introducida en el juicio oral como lo determina el art. 349 segundo párrafo y art. 333 inc. 2) del CPP. En el caso analizado, se judicializaron como evidencia física las nueve bolsitas conteniendo cocaína; es decir, cada uno de los siete sobrecitos y de los dos envoltorios tipo pelotita pequeña, siendo por lo tanto, falsa la conclusión a la que llega el Tribunal de apelación en sentido de que no habrían sido judicializados todos los sobres obtenidos como evidencia, pretendiendo que las pruebas MP4 y MP13, legalmente introducidas a juicio, sean sometidas a pericia toxicológica nuevamente