Al no ser excusable el error en que se incurrió, se impone multa de medio
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, conforme dispone la atribución prevista en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, ANULA el Auto de Vista Nº 318 de 30 de octubre de 2014 de fs. 99 a 100 vta., emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y dispone que, previo sorteo y sin espera de turno, emita nueva resolución conforme los fundamentos expuestos en el presente fallo, y sea con la celeridad del caso, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento.
Al no ser excusable el error en que se incurrió, se impone multa de medio día de haber a los vocales suscribientes, a ser descontado de su haber mensual, a tal efecto hágase conocer la presente Resolución a la Dirección General Administrativa y Financiera del Órgano Judicial
Al no ser excusable el error en que se incurrió, se impone multa de medio día de haber a los vocales suscribientes, a ser descontado de su haber mensual, a tal efecto hágase conocer la presente Resolución a la Dirección General Administrativa y Financiera del Órgano Judicial
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Contra el referido Auto de Vista, Marco Antonio Dipp Mercado opone recurso de casación, por
- b) Agregó que, a pesar de que el recurso de apelación fue preciso en la
- El recurrente finaliza su recurso pidiendo que previa concesión del mismo este Tribunal dicte Auto
- II
- En este contexto, efectivamente la interposición de un recurso de apelación debe cumplir con los
- Por lo anotado, de ninguna forma el Tribunal de apelación puede sustraerse de esa responsabilidad,
- El Tribunal de apelación mediante el Auto de Vista Nº 318 de 30 de octubre
- Ahora bien, el Auto de Vista cae en una incongruencia interna, toda vez que por
- Al efecto, ésta Sala considera que la obligación de la parte apelante de expresar los
- Por lo señalado concluyendo que el Tribunal de Alzada ha incurrido en infracción del art
- Al no ser excusable el error en que se incurrió, se impone multa de medio
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
