El Tribunal de apelación mediante el Auto de Vista Nº 318 de 30 de octubre
El Tribunal de apelación mediante el Auto de Vista Nº 318 de 30 de octubre de 2014 (ahora impugnado) resolvió el recurso de apelación señalando que: “durante el desarrollo de la etapa probatoria la parte recurrente no ha presentado pruebas que desvirtúen la pretensión demandada, habiéndose dado una objetiva valoración de las pruebas adjuntas” (sic); más adelante sostuvo que “de la revisión de los argumentos del recurso se observa la inexistencia de fundamentos que establezcan con claridad los agravios sufridos a efectos de que sea valorado en el presente…es decir que el recurrente no señala con exactitud el daño o perjuicio que le ha causado la resolución emitida por el Juez a quo; habiéndose realizado una correcta valoración de las pruebas producidas” (sic)
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- II
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