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3.- Describen la conclusión del Auto de Vista que según el plano de ubicación los demandados hubieran recorrido la cerca en la parte que le corresponde al actor reduciendo el derecho de éste a 544,90 m2, refiriendo que Rolando Alanoca estaría ocupando la propiedad, así como los otros codemandados sobre el desplazamiento de la cerca del pasillo público, sobre dicha conclusión –los recurrentes- señalan que no se puede concluir o demostrar un desplazamiento o invasión en base a planos extendidos por la oficina del Plan Regulador, ni los planos del propio actor de fs. 10, 47, 269, que señalan que ese certificado solo acredita uso de suelo, no dimensiones ni derecho propietario
- Partes: Martín Alexander Gutiérrez. c/ Ana María Jiménez y Otros
- Proceso: Reivindicación y otros
- Distrito: Santa Cruz
- C0NSIDERANDO I:
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por los demandados que fue resuelta
- CONSIDERANDO II:
- 2
- 3
- 4
- 5
- Asimismo señala que ni la Sentencia ni el Auto de Vista consideraron su peritaje de
- Citan los arts
- CONSIDERANDOIII:
- Sobre dichas acusaciones, se dirá que el recurso de casación en el fondo se encuentra
- Finalmente corresponde aclarar que el presente proceso se ha desarrollado sobre la base de planos
- Por lo expuesto, corresponde emitir resolución en base al art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
