Auto Supremo AS/0504/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0504/2015

Fecha: 03-Jul-2015

ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 528 a 530, interpuesto por Graciela Cartagena Heredia, contra el Auto de Vista de fecha 07 de abril 2010, cursante de fs. 525 a 526, emitido por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, en el proceso de Divorcio, seguido por Erwin Gutiérrez Arrazola contra la recurrente; la concesión de fs. 536, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez Primero de Partido de Familia de la ciudad de Santa Cruz, el 14 de noviembre de 2009, pronunció Sentencia, que declaró probada la demanda de fs. 5 y 6 por la causal invocada en el art. 131 del Código de Familia e improbada la demanda reconvencional de fs. 54 a 55 y por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial que une a los esposos Erwin Gutiérrez Arrazola y Graciela Cartagena Heredia. Sobre la tenencia y custodia de las hijas dispuso que se queden en poder de la madre, debiendo pagar el padre en forma mensual por concepto de asistencia la suma de Bs.- 1.200.-, en forma mensual que corresponden a gastos de estudio hasta que terminen su carrera profesional o se puedan valer por ellas mismas, tal como se comprometió en la audiencia conciliadora de fs. 138. Indicándose que el padre puede compartir con sus hijas cuando lo crea conveniente