Auto Supremo AS/0504/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0504/2015

Fecha: 03-Jul-2015

Bajo esa afirmación, la declaración de un solo testigo ofrecido por la parte demandante, no

Bajo esa afirmación, la declaración de un solo testigo ofrecido por la parte demandante, no resulta transcendental, para pretender desestimar la decisión asumida por los Tribunales de instancia, quienes no sólo tomaron en cuenta la única declaración testifical, sino, basaron la determinación asumida a todas las pruebas cursantes en obrados, las mismas que demuestran sin lugar a dudas que los esposos Gutiérrez – Cartagena se encontraban separados por más de dos años y el motivo que originó dicha separación, no interesa en la presente litis. No obstante a lo indicado, la parte recurrente, tenía la responsabilidad de desvirtuar las afirmaciones vertidas por el demandante conforme lo establece el art. 375 num. 2) del Código de Procedimiento Civil, al no haberlo hecho, o sea, no presentar pruebas que demuestren todo lo contrario, los de instancia basaron su decisión en las existentes en el proceso; en ese entendido se tiene que no resulta fundado lo acusado en su primer punto del recurso de casación en el fondo