A los efectos de la Sentencia se conmina a las demandadas Felisa Nogales Salvatierra
A los efectos de la Sentencia se conmina a las demandadas Felisa Nogales Salvatierra y Solange Nogales Salvatierra para que desocupen y entreguen el bien inmueble ubicado en la uv. 19 manzano 16 antigua chacarilla costas con una superficie de 506.16 m2 registrado bajo la matricula 7.01.1.99.0005635 a favor de su propietaria Sonia Cedeño Hinojosa dentro del plazo de veinte días y previa ejecutoria de la Sentencia bajo previsiones de librarse mandamiento de desapoderamiento
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- A los efectos de la Sentencia se conmina a las demandadas Felisa Nogales Salvatierra
- Deducida las apelaciones por las demandadas y remitidas las mismas ante la instancia competente, la
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, las demandadas interpusieron recurso de casación, mismo
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que habrían cancelado por intereses la suma de $us
- Que la minuta de transferencia sería de 1995 y la demanda de desocupación seria de
- En virtud a lo anterior expuesto habiéndose violado los arts
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En cuanto al segundo agravio donde las recurrentes acusan que habrían cancelado por intereses la
- Ahora bien, respecto a la prueba testifical que las recurrentes afirman demostrarían que el contrato
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
