DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
CONSIDERANDO II
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Como consecuencia de sus necesidades tuvieron que acudir a una inmobiliaria de propiedad del sr. Cedeño Hinojosa y solicitaron un préstamo por la suma de $us.- 5.000, dejando como garantía los títulos de su inmueble. Antes de recibir el dinero mencionado se les habría indicado que se constituyeran ante una notaría de fe pública, para el reconocimiento del contrato refiriéndose a la transferencia que se estilaba para asegurar el crédito y su devolución con el pago del 5% mensual, lo peor del caso es que habrían cancelado 20 $us diarios en caso de incumplimiento
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- A los efectos de la Sentencia se conmina a las demandadas Felisa Nogales Salvatierra
- Deducida las apelaciones por las demandadas y remitidas las mismas ante la instancia competente, la
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, las demandadas interpusieron recurso de casación, mismo
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que habrían cancelado por intereses la suma de $us
- Que la minuta de transferencia sería de 1995 y la demanda de desocupación seria de
- En virtud a lo anterior expuesto habiéndose violado los arts
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En cuanto al segundo agravio donde las recurrentes acusan que habrían cancelado por intereses la
- Ahora bien, respecto a la prueba testifical que las recurrentes afirman demostrarían que el contrato
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
