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    Auto Supremo AS/0510/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0510/2015

    Fecha: 03-Jul-2015

    3

    3.- Que, en forma sesgada manifiesta que la venta de mi inmueble la realizó mi esposo en 1994 y su matrimonio se celebro el 1995 o sea un año antes de su matrimonio y que el inmueble fue adquirido por su esposo en el año de 1991, por lo que existe contradicción en la Sentencia
    • Distrito: Santa Cruz
    • CONSIDERANDO I:
    • Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de
    • Del contenido del recurso se extrae lo siguiente
    • 2
    • 3
    • 5
    • Del contenido del recurso de casación se evidencia que la recurrente no hace la diferencia
    • En el caso presente si bien es cierto que la Juez por un lapsus calami,
    • Con relación al reclamo consignado en calidad de resumen en el punto 3 del Considerando
    • 1
    • Con relación al reclamo consignado en calidad de resumen en el punto 4 del Considerando
    • Por lo que corresponde emitir resolución en la forma establecida por el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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