ANTECEDENTES DEL PROCESO
Distrito: Oruro
VISTOS: El recurso de casación a fs. 266 y vta., interpuesto por Jacinta Achata Cotjiri, contra el Auto de Vista Nº 040, de fecha 30 de marzo de 2010, cursante de fs. 253 a 263 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Familiar y Comercial Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso ordinario de nulidad de proceso coactivo civil, remate, adjudicación y cancelación de registro en Derechos Reales, seguido por la recurrente contra ECOFUTURO S.A. – FFP representada por Richard Chino Colque; la concesión de fs. 270; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitado el Proceso, el Juez de Partido Sexto en lo Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, emitió la Sentencia Nº 687, de fecha 1 de diciembre de 2009, cursante de fs. 233 a 235, declarando IMPROBADA la demanda de fs. 145 y vta. y probada las excepciones de cosa juzgada y prescripción interpuestas a fs. 171 a 173 de obrados. Con costas
VISTOS: El recurso de casación a fs. 266 y vta., interpuesto por Jacinta Achata Cotjiri, contra el Auto de Vista Nº 040, de fecha 30 de marzo de 2010, cursante de fs. 253 a 263 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Familiar y Comercial Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso ordinario de nulidad de proceso coactivo civil, remate, adjudicación y cancelación de registro en Derechos Reales, seguido por la recurrente contra ECOFUTURO S.A. – FFP representada por Richard Chino Colque; la concesión de fs. 270; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitado el Proceso, el Juez de Partido Sexto en lo Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, emitió la Sentencia Nº 687, de fecha 1 de diciembre de 2009, cursante de fs. 233 a 235, declarando IMPROBADA la demanda de fs. 145 y vta. y probada las excepciones de cosa juzgada y prescripción interpuestas a fs. 171 a 173 de obrados. Con costas
- de
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia, Jacinta Achata Cotjiri, interpuso Recurso de Apelación cursante de fs
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil, Familiar y Comercial Segunda de la entonces
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación, interpuesto por Jacinta Achata Cotjiri, el mismo
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Refiere que su persona nunca fue parte del proceso del cual se pretende la nulidad
- Señala que en virtud a la prueba adjunta en obrados que demostraría la relación conyugal
- En virtud a lo expuesto en el recurso de casación y si bien la recurrente
- Con relación a la vulneración e incorrecta interpretación del art
- De lo expuesto, también corresponde señalar que si bien la ley concede el plazo de
- Por los fundamentos precedentemente vertidos, corresponde emitir fallo conforme al art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
