Auto Supremo AS/0534/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0534/2015

Fecha: 13-Jul-2015

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Es así que en cuanto a la pretensión de reivindicación de la parte actora, el A-quo expresó: “Que al no haber probado, las condiciones a que se refiere el art. 1453 del Código Civil que autoriza al propietario que ha perdido la posesión de una cosa, reivindicarla de quien la posee o detenta, por lo que no corresponde acoger la acción de reivindicación y consiguiente entrega del inmueble, esto prescindiendo o apartándose del informe pericial de oficio por los motivos expuestos”. (Sic. Las negrillas son nuestras). De lo que claramente se observa que habiéndose probado el derecho propietario de la parte demandada, la prueba pericial habría sido desestimada por razones obvias, lo que no requiere fundamentación alguna.
2.- Refiere haberse cometido errores procedimentales, pues siendo que el proceso fue calificado como ordinario de hecho, se pretendió llevar el mismo como un ordinario de puro derecho, rechazando la proposición de prueba cursante en fs.140, relativa a la testifical, confesión provocada e inspección judicial en el departamento de Catastro Urbano, con cuyo decreto de rechazo no se le habría notificado, vulnerando así el debido proceso