CONSIDERANDO II:
Contra esta resolución de Alzada la demandante interpuso recurso de casación en el fondo el cual se analiza:
CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
La recurrente al amparo de los arts. 253, 257 y 258 del Código de Procedimiento Civil interpuso recurso de casación en el fondo expresando los siguientes agravios
CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
La recurrente al amparo de los arts. 253, 257 y 258 del Código de Procedimiento Civil interpuso recurso de casación en el fondo expresando los siguientes agravios
- Villanueva Justiniano y
- Proceso: Usucapión
- CONSIDERANDO I:
- Contestada la demanda por el demandado en forma negativa afirma que es propietario del mencionado
- Tramitado el proceso el Juez de Partido Mixto de Riberalta cursante de fs
- Contra esta resolución de primera instancia la demandante Janeth Cortez Solano interpuso recurso de apelación
- CONSIDERANDO II:
- Expresa que conforme a su demanda de usucapión la misma fue dirigida contra Hugo
- Argumenta también que los poderes otorgados en el extranjero deben estar visados por la Cancillería
- CONSIDERANDO III:
- La recurrente sostiene que el Juez A quo no debió integrar a la Litis a
- Con relación al segundo agravio la recurrente acusa que el poder de representación otorgado por
- Por lo señalado precedentemente, corresponde a este Máximo Tribunal resolver en la forma prevista por
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda Dra. Rita Susana Nava Durán.
