Auto Supremo AS/0570/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0570/2015-L

Fecha: 27-Jul-2015

CONSIDERANDO III:

Concluye su recurso solicitando a este tribunal que en virtud a esas anormalidades se disponga la anulación del presente proceso hasta fs. 41 inclusive.
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En mérito a que la recurrente ha interpuesto recurso de casación en el fondo y en su petitorio final solicita que se anule obrados hasta fs. 41, es conveniente recordar a la recurrente que solo procede la anulación de obrados cuando se interpone recurso de casación en la forma, la fundamentación debe adecuarse a las causales y previsiones contenidas en el artículo 254 del mismo cuerpo legal, siendo su finalidad la anulación de la resolución recurrida o del proceso mismo cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso sancionadas con nulidad por la ley, en mérito a lo expuesto su petición de anular el proceso resulta contradictoria porque su recurso fue interpuesto en el fondo, sin embargo en función al principio de pro actione resolveremos los puntos de impugnación traídos en su recurso