El criterio asumido responde al debido proceso en su triple dimensionalidad, pues la seguridad jurídica
En ese contexto, este Supremo Tribunal, ha establecido, mediante Auto Supremo Nº 201 de 17 de junio de 2005, Nº 287 de 13 de septiembre de 2005, entre otros, que quien pretenda adquirir derecho de propiedad por la usucapión, debe realizar investigación respecto a la tradición registral y así determinar con precisión quienes figuran en los registros como actuales propietarios…”
El criterio asumido responde al debido proceso en su triple dimensionalidad, pues la seguridad jurídica debe darse tanto para las partes como para terceros, por lo que se concluye que una pretensión de usucapión debe ser dirigida en contra del titular del derecho propietario que se pretende adquirir, con las limitaciones sobre la propiedad de dominio público, como señalan diversas disposiciones legales
El criterio asumido responde al debido proceso en su triple dimensionalidad, pues la seguridad jurídica debe darse tanto para las partes como para terceros, por lo que se concluye que una pretensión de usucapión debe ser dirigida en contra del titular del derecho propietario que se pretende adquirir, con las limitaciones sobre la propiedad de dominio público, como señalan diversas disposiciones legales
- Expediente: SC – 130 – 10 – A
- Partes: Elida Senseve Reyes de Aguilera c/ Remberto Vargas Pedrazas
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Señala que el Auto de Vista ha otorgado más de lo pedido y por otra
- Señala que el Juez sin considerar que se adjuntó los informes del Municipio de La
- Por lo que solicita casar el Auto de Vista, corrigiendo la violación sufrida
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De acuerdo al texto del primer escrito (fs
- Por otra parte, corresponde señalar que la extinta Corte suprema de Justicia de la Nación
- El sujeto pasivo de la usucapión es siempre la persona que figura, en el Registro
- El criterio asumido responde al debido proceso en su triple dimensionalidad, pues la seguridad jurídica
- En el sub lite, de acuerdo al testimonio de fs
- Por lo que este Tribunal advierte vicio de procedimiento en cuanto a la legitimación pasiva
- Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en base al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
