Expresa que de lo establecido por el art
Expresa que de lo establecido por el art. 11 de la Ley Nº 843, parte el hecho que las exportaciones están amparadas por una factura sin derecho a crédito fiscal, por consiguiente ni la Ley Nº 843, ni ninguna otra ley dice que el total monetario de las facturas de exportación sin derecho a crédito fiscal serán gravadas por el IVA e IT y que el exportador podrá computar contra el impuesto que en definitiva adeudaren por sus operaciones gravadas en el mercado interno, el crédito fiscal correspondiente a las compras o insumos efectuados en el mercado interno con destino a operaciones de exportación, que a este único efecto se consideran como sujetas al gravamen, por lo que de una correcta interpretación de la ley, el exportador tendría derecho a recuperar los impuestos gravados por el Servicio de Impuestos Nacionales sobre el total facturado más el crédito fiscal correspondiente a las compras o insumos efectuados en el mercado interno con destino a operaciones de exportación
- Auto Supremo Nº 197/2015-L
- Expediente: CBBA. 285/2010
- CONSIDERANDO I: Que, presentada la demanda contencioso tributaria y tramitado el proceso correspondiente, el Juez
- En grado de apelación, interpuesto de fs
- Contra el referido auto de vista, la empresa PROSEIMPE S
- Expresa que de lo establecido por el art
- Indica que como contribuyente, en desacuerdo con la carta AN-GRCGR Nº 378-2004 de 10 de
- Señala que la interpretación del envió de mercaderías al extranjero que no acredite DUE y
- Añade que el ad quem mediante Auto de Vista Nº 007/2009 de 12 de agosto
- Concluye solicitando se case el Auto de Vista Nº 110/2010 y se declare probada la
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, para
- Por las razones anotadas, el indicado art
- También la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho y que a
- Al respecto, Gonzalo Castellanos Trigo en su obra “Análisis doctrinal y jurisprudencial del Código de
- En autos, se establece que el recurrente se limitó a señalar que el tribunal de
- En virtud de lo precedentemente referido, el Sistema Judicial y la Administración de Justicia deben
- Consiguientemente, se concluye que al no haberse precisado ni especificado por el recurrente, qué normas
- En ese entendido, y debiendo el tribunal aplicar ésta norma legal, mal podría casar un
- En el marco legal señalado el recurso de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
