Auto Supremo AS/0206/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0206/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

Que, contra el referido auto de vista, el Colegio San Bernardo de Tarija representado por

Que, contra el referido auto de vista, el Colegio San Bernardo de Tarija representado por Heidy Silvia Flores, interpuso recurso de casación a fs. 106 a 107, el que se pasa a examinar:
Acusó, que el auto de vista incurrió en error de interpretación del D.S. 16187 al señalar que la instrucción en el área de ajedrez, es una tarea propia del establecimiento educativo; sin embargo durante el proceso y por propia confesión del demandante, se demostró que él trabajó únicamente 1 hora por día, de lunes a viernes, de abril a junio y de agosto a octubre, por lo que al no haber trabajado un año completo, no le corresponde el pago de indemnización según el art. 13 de la LGT, ni tampoco la acumulación de todo el tiempo de servicios trabajados, conforme se estableció en el auto de vista impugnado