Auto Supremo AS/0209/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0209/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

Por otra parte cabe señalar que, de la lectura de las resoluciones de instancia y

Por otra parte cabe señalar que, de la lectura de las resoluciones de instancia y lo actuado en obrados se desprende que los tribunales de instancia valoraron correctamente las pruebas, conforme se tiene fundamentado precedentemente, habiendo realizado la libre apreciación de éstas en función al art. 158 del Código Procesal del Trabajo en sujeción a lo dispuesto en los arts. 3 inc. g) y h); 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, al ser deber primordial del Estado proteger los derechos de los trabajadores, en cumplimiento a los principios de primacía de la realidad, de proteccionismo e inversión de la prueba en materia laboral, por cuanto todo trabajador goza del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva consagrado por la Constitución Política del Estado, y arts. 4 y 13 de la Ley General del Trabajo