Auto Supremo AS/0212/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

Con relación a la acusación de violación de los arts

CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los fundamentos del recurso, se pasa a considerar para su resolución:
Con relación a la acusación de violación de los arts. 43 y 44 de la Constitución Política del Estado (1967), normas que son la base de la promulgación de la Ley Nº 2027 y fijan los derechos y las obligaciones de los funcionarios públicos y empleados de a Administración Pública, las que no fueron valoradas por el juez a quo; debe tenerse presente que se trata de dos normas programáticas; por lo que su cumplimiento el constituyente dejó a un momento futuro e incierto, razón por la que ambas se encuentran redactadas en tiempo futuro, cuando señalan, “una ley especial establecerá” y el “Estatuto del Funcionario Público establecerá”, normas que fueron introducidas en el texto constitucional en 1967 y que adquirieron realidad práctica a la promulgación de la Ley Nº 2027, el 27 de octubre de 1999, logrando vigencia plena el 19 de junio de 2001, luego de cumplidos 90 días a partir de la fecha en que tomó posesión del cargo el Superintendente del Servicio Civil, tal como dispone el art. 5 de la Ley Nº 2104 de 21 de junio de 2000, modificatoria del art. 77 de la Ley Nº 2027