Contra el referido fallo de segunda instancia, la institución demandada a través de sus representantes
Contra el referido fallo de segunda instancia, la institución demandada a través de sus representantes legales interpuso recurso de casación en el fondo de fs. 357 a 359, en el que esgrimen los siguientes fundamentos:
Como antecedente señala que la demandante ingreso a trabajar a Lotería de Beneficencia y Salubridad en fecha posterior a la vigencia de la Ley Nº 2027; y, conocedora de esta situación incluso firmó el documento de Programación Operativa Anual Individual (POAI) siendo la misma parte del Subsistema de Administración de Personal de las Normas Básicas de Administración de Personal, regulado por las Leyes Nº 1178 y Nº 2027, las que reglamentan las actividades de los y las servidores públicos; y, sabiendo de esa situación, firmó el contrato de trabajo a plazo fijo A.L. 040/03 en el cual se deja claramente establecido que la contratación se la efectúa en aplicación de las previsiones de los arts. 3 par. II y 5 de la Ley del Estatuto del Funcionario Público
Como antecedente señala que la demandante ingreso a trabajar a Lotería de Beneficencia y Salubridad en fecha posterior a la vigencia de la Ley Nº 2027; y, conocedora de esta situación incluso firmó el documento de Programación Operativa Anual Individual (POAI) siendo la misma parte del Subsistema de Administración de Personal de las Normas Básicas de Administración de Personal, regulado por las Leyes Nº 1178 y Nº 2027, las que reglamentan las actividades de los y las servidores públicos; y, sabiendo de esa situación, firmó el contrato de trabajo a plazo fijo A.L. 040/03 en el cual se deja claramente establecido que la contratación se la efectúa en aplicación de las previsiones de los arts. 3 par. II y 5 de la Ley del Estatuto del Funcionario Público
- Auto Supremo Nº 212/2015-L
- Expediente: LP. 637/2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo del Trabajo y
- En grado de apelación de fs
- Contra el referido fallo de segunda instancia, la institución demandada a través de sus representantes
- Acusa violación de las siguientes disposiciones legales
- -Art
- -Arts
- Art. 1 de la Ley General del Trabajo y 1 de su Decreto Reglamentario
- Expresa interpretación indebida de los arts
- Concluye solicitando se case el auto de vista impugnado y deliberando en el fondo se
- Con relación a la acusación de violación de los arts
- En mérito a lo precedentemente indicado, dichas normas al haber cumplido la proyección que el
- Respecto a la afirmación de violación de los arts
- En relación con la acusación de violación del art
- De la errónea e indebida aplicación del art
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia ya se expresó a través de los Autos
- En el marco legal descrito, el juez de instancia y el tribunal de alzada, no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
