Auto Supremo AS/0212/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

Contra el referido fallo de segunda instancia, la institución demandada a través de sus representantes

Contra el referido fallo de segunda instancia, la institución demandada a través de sus representantes legales interpuso recurso de casación en el fondo de fs. 357 a 359, en el que esgrimen los siguientes fundamentos:
Como antecedente señala que la demandante ingreso a trabajar a Lotería de Beneficencia y Salubridad en fecha posterior a la vigencia de la Ley Nº 2027; y, conocedora de esta situación incluso firmó el documento de Programación Operativa Anual Individual (POAI) siendo la misma parte del Subsistema de Administración de Personal de las Normas Básicas de Administración de Personal, regulado por las Leyes Nº 1178 y Nº 2027, las que reglamentan las actividades de los y las servidores públicos; y, sabiendo de esa situación, firmó el contrato de trabajo a plazo fijo A.L. 040/03 en el cual se deja claramente establecido que la contratación se la efectúa en aplicación de las previsiones de los arts. 3 par. II y 5 de la Ley del Estatuto del Funcionario Público