Auto Supremo AS/0219/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0219/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

De la norma transcrita, queda claro que el actor al haber ejercido funciones de Gerente

La remuneración del servidor público que cubra un puesto de mayor jerarquía en ausencia de su titular, se calculará en base al sueldo de éste último, si dichas funciones son cumplidas por un período mayor a 15 días hábiles continuos, y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la entidad.”
De la norma transcrita, queda claro que el actor al haber ejercido funciones de Gerente Administrativo Financiero de la empresa, desde 27 de abril de 2007 hasta el 13 de junio de 2008, es decir mayor a los 15 días hábiles continuos conforme señala la norma supra, corresponde el pago de reintegro de Bs. 38.690.67., al ser un derecho irrenunciable del actor, no puede privársele, menos aún con el argumento de que falta de disponibilidad presupuestaria que tenga la entidad para afrontar tal obligación, toda vez que tal situación no es atribuible al actor, en ese sentido, no se evidencia la vulneración acusada