También se podrá ejercer un puesto en forma interina cuando se cubra una vacante de
También se podrá ejercer un puesto en forma interina cuando se cubra una vacante de manera temporal y hasta tanto su titular regrese a ocuparlo. Vencido el plazo para la reincorporación del titular y ante su ausencia injustificada, el puesto se declarará vacante, dando inicio al proceso normal de reclutamiento, selección y nombramiento del nuevo titular. El servidor interino continuará en el puesto hasta que se nombre al nuevo titular
- Auto Supremo Nº 219/2015-L
- Expediente: OR. 653/2010
- En el recurso de casación en el fondo, argumenta los siguientes hechos
- Agrega que la entidad recurrente es pública, cuya cabeza de sector es el Ministerio de
- 1
- 2
- Con relación al punto 1 y 2 del recurso de casación en la forma, donde
- Es responsabilidad de la unidad encargada de la administración de personal, tomar las previsiones necesarias
- También se podrá ejercer un puesto en forma interina cuando se cubra una vacante de
- De la norma transcrita, queda claro que el actor al haber ejercido funciones de Gerente
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista recurrido se ajusta
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.
