De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 008/2010 de 12 de mayo (fs. 183 a 193), el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, declaró a Mirtha Amparo Tellería Téllez, autora de la comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del CP, imponiéndola la pena de cuatro años de reclusión, más daños civiles a favor de la víctima y costas al Estado, a calificarse en ejecución de Sentencia y multa de doscientos días a razón de Bs. 3.- por día
- Por memorial presentado el 8 de octubre de 2010 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada, formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) El 5 de octubre de 2010 (fs
- De la revisión de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Arguye “VIOLACIÓN AL ART 341 NUM 3) DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL”
- Cita como precedentes contradictorios, el Auto de Vista 047 de 19 de octubre de 2005
- 3) Reclama “VIOLACIÓN DE LOS ARTS 330 Y 334 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL (INMEDIACIÓN
- Sobre este defecto de sentencia referido a la inobservancia o errónea aplicación de ley sustantiva
- Cita como precedentes contradictorios el Auto de Vista 351 de 23 de diciembre de 2005
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 5 de octubre de 2010, la
- En cuanto al segundo motivo, la recurrente adujo que las acusaciones del Ministerio Público y
- Por último en cuanto al motivo cuarto, que alude a la existencia de defectos en
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
