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    Auto Supremo AS/0404/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0404/2015-RA-L

    Fecha: 04-Ago-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 27 de octubre de 2010, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Felix Laura Tarqui y Herberth Quispe Flores formularon
    • 1) La apelación restringida que formularon, no cumplió con la observancia del art
    • 2) Previa denuncia de la concurrencia de los defectos previstos en el art
    • 3) Se introdujo al proceso simples fotocopias, sin cumplir con la ley, extremo atentatorio a
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • fue notificada con el Auto de Vista recurrido y el 27 del mismo mes y
    • Antes de ingresar a la verificación de los demás requisitos legales que permitan analizar el
    • Dentro de ese contexto, en cuanto al primer agravio, expuesto por los recurrentes, se advierte
    • Por otro lado, es preciso aclarar que las inexactitudes señaladas, no obstante la denuncia de
    • Con relación al tercer agravio, en el que se denuncia introducción al proceso de fotocopias
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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