3) Se introdujo al proceso simples fotocopias, sin cumplir con la ley, extremo atentatorio a
3) Se introdujo al proceso simples fotocopias, sin cumplir con la ley, extremo atentatorio a la reglas del debido proceso, respecto a lo cual, invocan los Autos Supremos 342/06 de 28 de agosto de 2006, 104/04 de 20 de febrero de 2004, “054-A/07” de 15 de enero de 2007 y “198-A/06 de 15 de mayo de 2007, que señalan que ante los defectos advertidos, la errónea interpretación de la ley sustantiva y adjetiva, existencia de prueba contradictoria y argumentos confusos de la acusación y la Sentencia, se debe anular el Auto de alzada recurrido
- Por memorial presentado el 27 de octubre de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Felix Laura Tarqui y Herberth Quispe Flores formularon
- 1) La apelación restringida que formularon, no cumplió con la observancia del art
- 2) Previa denuncia de la concurrencia de los defectos previstos en el art
- 3) Se introdujo al proceso simples fotocopias, sin cumplir con la ley, extremo atentatorio a
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- fue notificada con el Auto de Vista recurrido y el 27 del mismo mes y
- Antes de ingresar a la verificación de los demás requisitos legales que permitan analizar el
- Dentro de ese contexto, en cuanto al primer agravio, expuesto por los recurrentes, se advierte
- Por otro lado, es preciso aclarar que las inexactitudes señaladas, no obstante la denuncia de
- Con relación al tercer agravio, en el que se denuncia introducción al proceso de fotocopias
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
