Auto Supremo AS/0406/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0406/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

1) El punto impugnado en apelación restringida, referido a la errónea aplicación del art


c) El 30 de septiembre de 2010 (fs. 244), Mauro Fernando Antonio Cuellar Caballero fue notificado con el Auto de Vista impugnado y el 6 de octubre del mismo año, interpuso recurso de casación, objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) El punto impugnado en apelación restringida, referido a la errónea aplicación del art. 345 del CP, en la que incurrió el Juez inferior, al no haber concurrido el elemento constitutivo del tipo relativo al beneficio propio o de un tercero, no sólo fue avalado por el Tribunal de alzada, sino que este efectuó afirmaciones copiando términos de la respuesta del acusador (considerando IV del Auto de Vista recurrido); por lo que, contradijo el precedente inserto en el Auto Supremo 59 de 27 de enero de 2007; por cuanto, al no haberse acreditado la concurrencia de uno de los elementos que configuran la Apropiación Indebida, debió declararse la errónea aplicación de la norma extrañada, por falta de tipicidad