Auto Supremo AS/0406/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0406/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

No obstante lo señalado, el recurrente a tiempo de explicar de qué modo se le


No obstante lo señalado, el recurrente a tiempo de explicar de qué modo se le produjo agravio a sus intereses con la emisión del Auto de Vista recurrido, denunció que las falencias denunciadas, constituyen defectos absolutos no susceptibles de convalidación, conforme reconoce el art. 169 inc. 3) del CPP, identificando al efecto la inobservancia de los principios de legalidad y debido proceso, resaltando en cuanto al cuarto motivo, que el Tribunal de alzada no efectuó una justificación respecto a la concurrencia del tipo penal de Abuso de Confianza, limitándose a efectuar una escueta explicación de su conducta al tipo penal de Apropiación Indebida; y, con relación al quinto motivo que, al no haberse analizado la falta de precisión de las atenuantes y agravantes en la imposición de la pena, la Resolución de alzada mantuvo una pena privativa de libertad de tres años, explicación que resulta suficiente para el análisis de fondo de los dos motivos analizados, vía flexibilización