Auto Supremo AS/0440/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0440/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

2) Acusa, insuficiente fundamentación de la Sentencia, que no genera convicción porque no existe motivación


c) El 30 de noviembre de 2010 (fs. 116), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista y el 6 de diciembre del mismo año, interpuso recurso de casación.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) Alegando que el Auto de Vista impugnado, determinó supuesta falta de fundamentación en el recurso de apelación restringida por incumplimiento de lo previsto por el art. 396 inc. 3) y 408 en relación al 407 del Código de Procedimiento Penal (CPP); que sin embargo, el Tribunal de apelación una vez radicado el proceso, debió conminar al apelante subsane las observaciones que realiza, antes de emitir la Resolución correspondiente de acuerdo al Auto Supremo 10 de 26 de enero de 2007.

2) Acusa, insuficiente fundamentación de la Sentencia, que no genera convicción porque no existe motivación acerca de la vinculación de lo acusado y la participación del imputado en los hechos. El Auto de Vista impugnado presenta contradicción, porque en la Sentencia no existe motivación acerca de los delitos de Falsedad Ideológica y Estafa, porque la prueba no genera convicción entre lo acusado y la participación del acusado en los hechos y que los fundamentos deben estar acordes a la parte dispositiva mediante la subsunción del hecho al tipo penal o indicar que es lo que se probó con cada uno de los elementos de prueba, pero no es coherente cuando por la prueba extraordinaria se certifica que su persona nunca trabajó ni paso por oficinas de recaudaciones o era encargada de emitir empadronamientos, sino se desempeñó como auxiliar de Tesorería de la Alcaldía. Añade, que existe contradicción entre la acusación pública y particular porque no se sabe quién es la víctima para asumir el derecho a la defensa