Con referencia a la denuncia de incongruencia, el recurrente no precisa que prueba o
Por otro lado en relación al pago del bono de antigüedad, recalcar que se trata de una remuneración de carácter adicional al sueldo o salario que se encuentra supeditado al tiempo de servicios prestado por el trabajador. El art. 60 el DS Nº 21060 estableció la escala única aplicable del bono de antigüedad a todos los sectores labores, haciéndose efectivo el pago de este concepto a aquellos trabajadores que hubieran cumplido un mínimo de dos años ininterrumpidos de trabajo a favor de un empleador. Esto quiere decir que la extensión de su pago se ajusta a una condición de permanencia en el tiempo emergente del contrato de trabajo; de lo cual entonces, en el caso que el contrato de trabajo por efecto de la concatenación de pactos o convenciones, mute a ser indefinido, el pago del referido bono resulta consecuente, tal cual sucedió en autos.
Con referencia a la denuncia de incongruencia, el recurrente no precisa que prueba o en que manera el Auto de Vista, no guardara relación con lo expresado en el recurso de apelación, pues los puntos expresados en dicha instancia fueron tratados y resueltos por el Tribunal de Alzada
Con referencia a la denuncia de incongruencia, el recurrente no precisa que prueba o en que manera el Auto de Vista, no guardara relación con lo expresado en el recurso de apelación, pues los puntos expresados en dicha instancia fueron tratados y resueltos por el Tribunal de Alzada
- VISTOS: El recurso de casación de
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- b)Refiere el recurrente no ser un ente privado sino más bien público, por lo que
- c)Finalmente cita la Sentencia Constitucional (SC) Nº 1020/2006-R de 16 de octubre, referido a
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- II
- En el mismo bloque normativo superior, se encuentra el Convenio 111 de la Organización Internacional
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- Tal resguardo se apoya en otorgar igual retribución a igual trabajo, que en lo que
- Con referencia a la denuncia de incongruencia, el recurrente no precisa que prueba o
- El recurrente denuncia que no se aplicó al caso la SC Nº 1020/2006 de 16
- En el marco de principio pro operario y toda vez que no existe evidencias de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
